Comunidad Local del Movimiento de los Focolares en Aljucer
Comunidad Local del Movimiento de los Focolares en Aljucer

Antonio Márquez Prieto

Aljucer 12 de junio de 2015

Invitados por la Fundación Cooperativa Sanje, Antonio Márquez Prieto profesor titular de Derecho del Trabajo de la Universidad de Málaga y Manuel M. Sánchez, profesor titular en la UPCT y miembros del Movimientos de los Focolares, participaron en el ciclo de conferencias organizado por la Fundación y que llevaba por título: «Alternativas al Capital Liberalismo».

Ambos dieron sus conferencias el miércoles 13 de mayo en el edificio Fontanar ante unas sesenta personas. Antonio conferenció con el título: «La dimensión relacional de la justicia» y Manuel M. Sánchez sobre la Economía de Comunión.

ACLF colaboró con la Fundación proponiendo a estos profesores participar en las conferencias tras la invitación de la organización del evento.

Hemos querido entrevistar a don Antonio Márquez Prieto para resaltar los puntos fuertes de su conferencia.

 

 

 

 

Entrevista a Antonio Márquez Prieto.

1. En primer lugar quería preguntarle porqué un tema como la “Dimensión relacional de la Justicia”, aparece en un ciclo de conferencias sobre nuevas formas de Economía.

Ya. Es lógico preguntárselo. Por un lado, la justicia es no sólo una inquietud, sino una necesidad humana, que no puede satisfacerse si no está presente también el ámbito económico. Y, por otro lado, las nuevas formas de economía tienen, ante todo, que atender a la consideración de justicia. El elemento que falta es que la justicia, en la actual época de globalidad, obligatoriamente necesita ser entendida desde el enfoque relacional.

2. Podría resumirnos cuales son los pilares sobre los que se sustenta esta «Dimensión relacional de la Justicia».

El enfoque de justicia relacional pretende analizar si existe justicia o, en su lugar, vacío de justicia, en la relación interpersonal. Por ello, considera la justicia en la relación como una nueva categoría de justicia, que presupone que se den también las categorías clásicas de justicia. Así, los sujetos, las personas, las partes negociales, todos los interlocutores de cualquier relación jurídica, económica (interpersonal en definitiva) perciben su relación como justa o injusta. Pero ello, además, exige que la justicia conmutativa (entendida como intercambio de valores equivalentes), la justicia distributiva (dar a cada uno lo suyo) y la justicia universal (rectitud de conducta), es decir, estas tres categorías clásicas de justicia propuestas por Aristóteles, existan en la relación humana. Como una evolución de la justicia distributiva surgió en el siglo XX otra nueva categoría, que es la justicia social, llamada a satisfacer necesidades sociales en el sentido más amplio, muy ligada al principio de solidaridad. Podríamos decir que la justicia relacional consiste en redimensionar la justicia social, desde el enfoque relacional (por tanto, analizando si la relación es justa), e incluyendo las otras categorías de justicia.
Para constatar si existe justicia en la relación, o, en su lugar, un vacío de justicia, interesa abordar los tres aspectos de la relación: la institucionalidad (parte estructural u organizativa, es decir, derechos, obligaciones, contratos, instituciones, normas, etc.), la reciprocidad (es decir, la conducta o comportamiento interactivo) y la socialidad (la propia relación, además de la red de relaciones).

3. Que diferencias hay entre Bien Común y Bien Total.

Bien común es el bien de todos y de cada uno. Es algo difícil de conseguir, y está ligado al valor o dignidad de todos los seres humanos, y, por tanto, conectado con los derechos humanos. El bien total es la propuesta ética del utilitarismo (Jeremy Bentham, Stuart Mill, propuesta seguida por célebres economistas como Adam Smith y otros). Su proclama es conseguir la máxima utilidad para el mayor número de personas. De entrada, suena bien, puesto que, ante la dificultad –que no imposibilidad- de conseguir el bien común, el bien total parece proponer un objetivo más realista. Sin embargo, es un engaño. En primer lugar, porque se aplica fundamentalmente al terreno económico, confundiendo la sociedad humana con la sociedad mercantil y, en ese sentido, se intenta optimizar el provecho de los inversores, que son los dueños de esa sociedad mercantil (lógicamente ese provecho máximo de algunos produce el empobrecimiento de otros). Y en segundo lugar porque ni siquiera está asegurado el máximo beneficio de la mayoría, sino que los economistas utilitaristas se conforman con el máximo bien para una minoría. Incluso se propone, desde estos postulados, que nunca hay que pretender directamente el bien colectivo, sino que cada individuo debe intentar sólo maximizar su propio interés, siendo así como (por acción hipotética de la famosa “mano invisible”, de Adam Smith) se ha de llegar al bien colectivo.
Con mucha frecuencia se proponen objetivos a la población en general, o a los consumidores, o a los votantes, que enmascaran un bien total en vez de un bien común. Históricamente se ha alegado con frecuencia la “razón de Estado”, es decir, lo que conviene a la Nación (aunque no convenga a los ciudadanos particulares), o, más actualmente, se utiliza con frecuencia el lema del “interés general”, que suele traslucir un “bien total”, en vez de un “bien común”. Éste habría de ser bueno para todos. En cambio, en virtud del “interés general” se puede estar perjudicando mucho, de forma injusta, a minorías o incluso a mayorías.
Un catedrático de la Universidad de Bolonia, el profesor Stefano Zamagni, ha expresado el bien total como una suma de bienes individuales. En la suma de una gran cantidad de bienes individuales no es significativo que el bien de algunos sea nulo, porque seguirá saliendo como resultado un valor alto. En cambio, para explicar el bien común propone una multiplicación de bienes individuales. Así queda claro que si, para algunos, su bien individual es 0, eso hace que todo el producto tenga como valor 0. El gran problema está en que el sistema capitalista actual no se propone como objetivo el bien común (que era el objetivo inicial de la economía de mercado de corte humanista) sino el bien total.

4. Si no lo he entendido mal, usted ha comentado que cada ser humano o grupo se coloca sobre uno de los pilares de la democracia: Libertad, Igualdad y Fraternidad. Y que siendo importantes las tres debe ponerse en valor la Fraternidad y como consecuencia las relaciones humanas de reciprocidad. Podría explicar brevemente estos aspectos.

Querría explicarme bien al respecto. El famoso tríptico de las revoluciones burguesas (libertad, igualdad y fraternidad) fue una gran inspiración, que, en realidad, no fue bien entendido en aquellos tiempos (independientemente de los intereses en juego en cada caso). Cada uno de estos principios tiene un gran valor, aunque surgen grandes problemas cuando se los quiere reivindicar o absolutizar de forma individual, en lugar de defender el tríptico completo, que sería lo único justo. Así, ha resultado característica del siglo XX la división en bloques económicos y políticos de derecha y de izquierda en virtud de propuestas que acentuaban más la libertad o la igualdad. Ahora, en nuestra época de la globalidad, y con la perspectiva histórica, es más fácil percibir que la fraternidad en realidad no ha sido desarrollada ni comprendida –o sólo muy parcialmente-. Y es precisamente el principio de fraternidad el que contribuye a explicar bien tanto la libertad como la igualdad y, al mismo tiempo, a entender cómo la fraternidad humana funciona en realidad (lo que sucede si los tres principios son respetados de forma equilibrada). Desde este punto de vista la fraternidad puede ser vista como el trozo perdido del mapa. Pero se trata de un mapa de las relaciones humanas.
Volviendo a los aspectos de la relación, podría decirse que la institucionalidad ha sido el contexto natural para proteger la igualdad, y la reciprocidad ha sido el ámbito de reivindicación de la libertad. Pero la socialidad, que es el mapa completo de las relaciones, no puede comprenderse sin la fraternidad. Podemos decir que la institucionalidad debe proteger, estableciendo mínimos, el tríptico completo (también la fraternidad, que es el principio que otorga comprensión del conjunto); la socialidad incorpora sobre todo un modelo de fraternidad humana (porque coincide con la red de relaciones, la humanidad). Y, en cambio, la reciprocidad (como conducta interactiva humana libre y plural) es la puerta posible para vivir el principio de fraternidad.

5. Como consecuencia de la Dimensión relacional de la Justicia usted puso como ejemplo, la Economía de Comunión ¿porqué?

Ciertamente me refería a la Economía de Comunión como un ejemplo. Puede haber otros ejemplos pero, en un ciclo de conferencias sobre alternativas económicas, resulta particularmente adecuado aludir al respecto a la Economía de Comunión. Máxime por haber tenido la suerte de que en la misma sesión de desarrollaba ese tema por parte del Profesor D. Manuel Sánchez, de la Universidad Politécnica de Cartagena. La Economía de Comunión puede ser vista en el marco de las iniciativas económicas solidarias. Pero, desde el punto de vista relacional, es decir, considerando los tres aspectos de la relación, su nota más característica no está en la institucionalidad (porque son diversas las formas societarias y empresariales compatibles con este tipo de economía), sino, por un lado, la socialidad, en la medida en que apunta a una sociedad fraterna, es decir, intentar construir relaciones de comunión (que a nivel jurídico-político diríamos de fraternidad); y, por otro lado, en la reciprocidad: en un tipo de reciprocidad que lo podemos describir como un “dar” personal (no sólo patrimonial, sino con implicación de la persona entera), dentro y fuera de la empresa. Por un lado, se ha de cumplir con la legalidad y con las diversas categorías de justicia mencionadas. Y, por otro lado, pensar en producir para tener algo que compartir con los demás (también los de fuera de la empresa) clarifica las relaciones interpersonales haciéndolas más desinteresadas (y, al mismo tiempo, responsables). Esa cultura del dar que se pretende generalizar (también con acciones formativas) es la socialidad de fraternidad. Y para ello, es necesaria una reciprocidad de dar continuamente (y de darse). Lo cual, por supuesto, conlleva cambios institucionales, dentro y fuera de la empresa. Un ejemplo de cambio institucional dentro de la empresa es organizar que los beneficios producidos aprovechen a la propia empresa (reinvirtiendo, para consolidarla y crear empleo), a las personas con dificultades (frecuentemente mediante proyectos de desarrollo) y al fomento de la cultura del dar (mediante proyectos formativos). Y un ejemplo de cambio institucional fuera de la empresa es superar el asistencialismo, entendiendo que las necesidades sociales son también una riqueza que se puede poner en común. Existen otras novedades institucionales que la Economía de Comunión va generando poco a poco (pues es una iniciativa que tiene sólo unos años de vida). Pero su principal característica no parte de la institucionalidad, sino de la reciprocidad del dar intentando aplicar y fomentar la socialidad o cultura del dar.

6. Al finalizar la charla departió con un pequeño grupo en Aljucer en una animada Cena/coloquio. Quiere dejarnos algún mensaje. Estuvo contento de su estancia en Murcia y en Aljucer.

Esta cena-coloquio fue para mí un momento muy particularmente entrañable, del cual guardo un recuerdo vivísimo por la cálida acogida de que pude disfrutar. Dentro de lo que es en general la Economía de Comunión, como movimiento, una cosa es referirse a los contenidos teóricos, y otra cosa es palpar la vitalidad de esta comunión social, estando en contacto con personas que, de forma real, ofrecen, sin que nos conozcamos con antelación, una fraternidad tan abierta y sincera. Conocía un poco Murcia, pero no Aljucer. Sin embargo, mi vivencia retomada de Murcia y mi experiencia nueva de Aljucer es, a partir de ahora, la de un recuerdo agradecido de muy buena amistad.

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